La PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS, se regula a través de la Ley 54/2003 y en dos normativas fundamentales en prevención como son El Reglamento de los Servicios de Prevención y el R.D. 1627 de la Construcción (a través del R.D. 604/2006). La normativa (artículo 32 bis de la Ley 31/95 de P.R.L) establece TRES SUPUESTOS que determinan su presencia, estos son:
- Trabajos con riesgos especiales de caída en altura.
- Trabajo con riesgos de sepultamiento/hundimiento.
- Actividades con máquinas sin declaración CE.
- Trabajos en espacios confinados.
- Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión.
- Trabajos de inmersión con equipo subacuático.
- Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes.
- Trabajos realizados en cajones de aire comprimido.
- Trabajos en presencia de atmósferas explosivas.
- Manipulación, transporte y empleo de explosivos.
- Trabajos con riesgos eléctricos.
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