ART. 24 LEY 31/1995 – RD. 171/2004
- Puesta a disposición del COORDINADOR de ACTIVIDADES PREVENTIVAS.
- INTERCAMBIO de INFORMACIÓN entre empresas concurrentes en el centro de trabajo.
- Celebración de REUNIONES PERIÓDICAS entre las empresas concurrentes.
- Impartición de INSTRUCCIONES.
- Establecimiento conjunto de medidas específicas de prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrrentes o de PROCEDIMIENTOS O PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN.